El objeto de esta garantizar una torpe maniobra continuista del presidente R .Andueza Palacio. La reforma cambio los nombres de los grandes estados, aumentaron los días de las sesiones parlamentarias aumentaron a cuatro años el periodo presidencial (electo por sufragio directo y secreto) y eliminaron el consejo federal.
El pretender de inmediato en vigencia la constitución reformada, provocando una insurrección en todo el país (la revolución legalista de joaquin crespo) la vigencia cual impidió su efectiva vigencia.
Decreta:
Artículo 1.- Se declara Constitución de los Estados Unidos de Venezuela la que han pedido unánimemente las Legislaturas de los Estados Los Andes, Bolívar, Bermúdez, Carabobo, Falcón, Lara, Miranda, Zulia y Zamora, en los términos que más adelante se expresan.
Artículo 2.- Esta Constitución, suscrita por todos los miembros de la Legislatura Nacional y con el «Cúmplase» del ciudadano Presidente de la República, será promulgada en el Distrito Federal en el día y fecha inmediatamente que se sancione; y en los Estados y Territorios de la Unión, en el término de la distancia.
Dado en el Palacio de las sesiones del Cuerpo Legislativo Federal y sellado con el sello del Congreso, en Caracas, a 9 de abril de 1891. Año 28 de la Ley y 33 de la Federación.
El Presidente de la Cámara del Senado, Vicente Amengual.- El Presidente de la Cámara de Diputados, Marco Antonio Saluzzo.- El Secretario de la Cámara del Senado, Pedro Sederstromg.- El Secretario de la Cámara de Diputados, Luis A. Blanco Plaza.
Elimina el consejo federal y fue
prolongar el período constitucional a 4 años y favorecer así el mantenimiento
en el poder del presidente en ejercicio
Keber Sequera
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